Las fotos publicadas en el muro de un asesino, se utilizaron para detenerlo. Este caso no se trató de las ya clásicas publicaciones, donde un particular acusa a una persona, con o sin motivo, sino del empleo de fotografías y publicaciones de las Redes Sociales por parte de un poder público del Estado, para determinar, buscar, apresar y utilizar como prueba en contra de un imputado.

Esta herramienta fue usada para dar con Eduardo Walter Rojas, tras lo cual fue condenado a veinte años de prisión, por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Rodrigo Alí Bacre. Los abogados de la defensa apelaron la sentencia del Tribunal Oral Federal N° 19 de la Ciudad de Buenos Aires, que estableció la condena de prisión más nueve años por una condena anterior. En el alegato del recurso de apelación se cuestionó el uso de los perfiles de las redes sociales, tachándolos de violatorios del derecho de intimidad. La Cámara de Apelación Penal dejó firme la sentencia estableciendo que las imágenes eran “públicas”.

El 29 de enero de 2012, en el interior de un local público bailable "Blue Diamond Chicharrón" del barrio de San Cristóbal, se originó una discusión entre dos grupos. Volaron sillas y otros elementos contundentes. Intervinieron los guardias de seguridad sacando del local a tres personas, entre las cuales se encontraba Rojas. El grupo restante fue aislado dentro del local pero quisieron retirarse para enfrentarse con sus opositores. Los “patovicas” hicieron uso de su fuerza para impedirlo y los retuvieron en la entrada. Al asomarse la víctima, el homicida disparó, pero las balas no salieron. Según pudo establecerse en el juicio, antes que la puerta se cerrara hubo un nuevo “gatilleo” y esta vez los disparos sí partieron, provocando tres heridos y un muerto (Bacre).

El dueño del local refirió que conocía al autor de los disparos con el nombre de Walter. Este fue el puntapié inicial de la pesquisa, que se inició en la página de facebook del propio boliche y continuó en la publicación de un amigo hasta dar, entre sus contactos, con el perfil del imputado. Allí se obtuvieron las fotografías que permitieron apresarlo.

El tribunal rechazó la pretendida intimidad de los datos del acusado, aduciendo que el portal deja al libre albedrío de los usuarios las informaciones que quieran publicar, siendo estos los únicos moderadores de su propia privacidad, al subir voluntariamente datos a la red.