Para cumplir lo que se suscribiópor Argentina en concordancia con la Convención de los Derechos del Niño, secreó la figura del Abogado del Niño. Éste representa los intereses individualesde los Niños y adolescentes en todo proceso civil, familiar y administrativo,conjuntamente con el Asesor de Incapaces. Siempre debe ser informado el niño desu derecho a ser representado por un letrado inscripto en un Registro oficialcreado a tal fin. Los abogados que se encuentran en esta categoría necesariamente deben estar especializados en Protección y Derechos de la Niñez y Adolescencia y tener nociones de psicología y psicopedagogía.

Cuando en un juicio determinadose requiere la presencia de un Abogado del Niño, el Tribunal o Juzgado envía unoficio al Registro y éste por sorteo designa un letrado que debe aceptar elcargo.

Es muy acertado el haber contemplado la designación de un abogadosuplente, ya que es muy importante la relación que puede crearse con el niño,si surgiera algún inconveniente, puede actuar el abogado suplente.

Todo niño y adolescente puedetener un abogado y éste está facultado a visitarlo donde se encuentre y actuaren todo momento que considere que sus derechos son vulnerados. Esto es asídesde que rige el convencimiento que todoniño debe ser oído, y se avanzó en el paradigma que es un sujeto de derechos, no ya un objeto de protección.

Muchos se preguntarán: los chicosno tienen a sus padres? Sí…los que los tienen, pero aun así, hay casos enparticular en los procesos de adopción, alimentos o de guarda (tenencia), dondelos intereses de los padres pueden vulnerar los del niño.

En este caso es muyimportante que pueda contar con una mirada objetiva que pueda plasmar su vozante el juez.

Es imperativo que los abogadosdesignados expliquen a los niños y jóvenes cuáles son los derechos que losasisten, qué cosas les corresponden y cuáles no, ya que ellos deben actuarlogrando un equilibrio que no afecte ni la representación de los padres ni laactuación del Asesor de Incapaces.

Otro detalle no menor es que loshonorarios de los abogados que actúen como defensa técnica de los derechos delniños, serán abonados por el Estado, tal y como lo precepta la ley.

En la medida que los niños yjóvenes -entiéndase que integran esta categoría todos aquellos menores dedieciocho años-, sean respetados e informados de cuáles son sus derechos, sinolvidar sus obligaciones, estaremos formando mejores personas que no se sientantan vulneradas sino una parte importante de la sociedad.