El Código Civil se ha modificado en Argentina y sin dudas el “divorcio exprés” es uno de sus mayores adelantos. Entre sus novedades se encuentra lo relacionado con la fidelidad. A partir de ahora, cometer adulterio ya no es una causal de separación, es decir, la fidelidad no es una obligación conyugal. Dicho de otra forma: ahora la fidelidad deja de ser un deber legar para pasar a ser un deber moral.

Otra de las cosas que se modifican es la causal de divorcio. Anteriormente había que probar la “culpa” para poder separarse, ya sea por adulterio o abandono, con el nuevo código esta figura desaparece.

Por otro lado no se exige un tiempo mínimo de casado, la pareja puede pedir la nulidad en el momento en el que lo crea conveniente.

Esta es sólo una de las modificaciones de los deberes conyugales. Por otro lado, los esposos ya no se deben respeto mutuo, asistencia y alimento.

Parece que el trámite es muy sencillo, sólo se debe presentar un escrito en el que se proponga cómo pretendo dividir los bienes, arreglar es tema de alimentos en el caso de que haya hijos en común, entre otras cosas. Con ese simple acto, la solicitud está en marcha.